A ningún aficionado se le escapa que de un año a otro las bases del Concurso Oficial de Agrupaciones Carnavalescas de Cádiz (COAC) no suele sufrir modificaciones sustanciales, a pesar de que muchos autores, interpretes y aficionados con considerado criterio han reconocido que las bases necesitan una reedición acorde a los tiempos y con el objetivo de mejorar el desarrollo del concurso.
Uno de los aspectos a mejorar es la igualdad de trato y la no discriminación en lo que se refiere a la composición del jurado.
Estos días y debido a la polémica suscitada por las alegaciones que han presentado la Asociación de Comparsistas 1960 y la Asociación Cádiz, mujeres y Carnaval, a los vocales propuestos por el presidente jurado del COAC 2024, Juan Carlos Reina, ha corrido por las redes sociales como argumento un BULO o FALSEDAD que intentaba desacreditar la composición del Jurado del COAC 2022.
El artículo 12 de las bases de COAC recoge que “la composición del Jurado incluirá la presencia de mujeres que permita alcanzar una composición paritaria que asegure la igualdad de género, conforme a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo”. Si bien cualquier neófito entiende como paritario el mismo número de mujeres que de hombres, la Ley Orgánica en la Disposición Adicional Primera sustituye el término paridad por el de equilibrio y establece que “se entenderá por composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el 60% ni sean menos del 40%.”
Pues bien, curiosamente el jurado del COAC 2022 presidido por Ana Barceló Calatayud SÍ cumplía con la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, ya que la presencia de hombres era del 41%, y la propuesta ahora corregida, del jurado para el concurso 2024, aplica el 41% a la presencia de mujeres.
Punto y aparte merece el papel de la organización del concurso, en este caso el Excmo. Ayuntamiento de Cádiz, en la composición del Jurado, ya que la Ley también establece que los Poderes Públicos adoptarán medidas específicas en favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad, y las bases del COAC recoge en el artículo 11 que “El Presidente/a y el Secretario/a del Jurado, serán nombrados por el Excmo. Ayuntamiento de Cádiz” por lo que es de esperar que en sucesivas ediciones del COAC la organización asuma y aplique la legislación vigente, ya que para 2024, esos dos cargos en el Jurado de adultos los van a ocupar dos señores.